RESOLUCIÓN 80 2024 UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES BARRIO MUGICA

Síntesis:

CONVALIDA DEMASíAS DE LA LICITACIóN PúBLICA ABREVIADA N° 10209-0023-LPU23

Publicación:

01/07/2024

Sanción:

26/06/2024

Organismo:

UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES BARRIO MUGICA


Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

"2024 - Año del 30° Aniversario de la Autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"

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VISTO: Las Leyes N° 3.343 (texto consolidado por Ley N° 6.588), N° 6.129, N° 6.246 y

N° 6.684, los Decretos N° 60/GCABA/21, N° 204/GCABA/22, N° 387/GCABA/23, N°

17/GCABA/24 y N° 161/GCABA/24, las Resoluciones N° 601/MHGC/14, N°

92/GCABA/UPEUBPCM/23, N° 106/GCABA/UPEUBPCM/23, N°

9122/GCABA/MHFGC/23, N° 9611/GCABA/MHFGC/23, N° 903/GCABA/MHFGC/24,

N° 2097/GCABA/MHFGC/24, N° 2953/GCABA/MHFGC/24, N°

3709/GCABA/MHFGC/24 y N° 4592/GCABA/MHFGC/24 y el Expediente Electrónico

N° EX-2023-26226318-GCABA-UPEUBPCM, y,

CONSIDERANDO:

Que, por Ley N° 3.343 (texto consolidado por Ley N° 6.588), se dispuso la

urbanización del polígono correspondiente a las Villas 31 y 31 bis, comprendido entre

Calle 4, vías del Ferrocarril Gral. San Martín, prolongación virtual de la Avda.

Pueyrredón, Calle 9, Avda. Pte. Ramón S. Castillo y prolongación virtual de la Avda.

Gendarmería Nacional;

Que, asimismo, por la Ley N° 6.129, se dispuso la re-urbanización del Barrio "Padre

Carlos Mugica", su integración con el resto de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y

la radicación definitiva de sus habitantes en un hábitat adecuado, en el marco de las

disposiciones de la Ley N° 3.343;

Que, posteriormente por Ley N° 6.684 se aprobó la Ley de Ministerios de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplando entre los Ministerios del Poder Ejecutivo al

Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat;

Que, asimismo, por medio del Decreto N° 387-GCABA/23 se aprobó la estructura

orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo;

Que, el Decreto N° 161-GCABA/24 modificó la estructura organizativa del citado

Ministerio entre la cual se encuentra esta Unidad de Proyectos Especiales Barrio

Mugica;

Que, el mencionado Decreto establece a esta unidad de organización como autoridad

de aplicación de la Ley N° 6.129, y asigna, entre otras competencias, la de "Planificar,

elaborar, contratar, dirigir, supervisar, ejecutar y controlar todos los procesos de

selección y contratación de los proyectos de obras, bienes, servicios y consultorías,

así como las asesorías especializadas en el ámbito del Barrio "Padre Carlos Mugica";

Que a través del Decreto N° 17/GCABA/24 se designó en el cargo al titular de la

Unidad de Proyectos Especiales Barrio Mugica, a partir del 10 de diciembre de 2023;

Que, por el Expediente Citado en el Visto, tramita la Licitación Pública Abreviada N°

10209-0023-LPU23, que tiene por objeto la contratación de la Obra Pública

denominada "EJECUCIÓN, REHABILITACIÓN, MANTENIMIENTO E INTERVENCIÓN

PUNTUAL EN VIVIENDAS DEL BARRIO 31, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS

AIRES en Manzana 5, Sector Ferroviario", al amparo de lo establecido en la Ley de

Obras Públicas N° 6.246, su Decreto Reglamentario N° 60/GCABA/21 y modificatorio;

Que, por Resolución N° 92/GCABA/UPEUBPCM/23, se aprobaron los Pliegos de

Bases y Condiciones Particulares, de Especificaciones Técnicas y sus respectivos

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

"2024 - Año del 30° Aniversario de la Autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"

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Anexos, correspondientes a la Licitación Pública mencionada y se llamó a presentar

ofertas;

Que, por Resolución N° 106/GCABA/UPEUBPCM/23 se adjudicó la Obra indicada a la

firma BLUE STEEL S.A. (CUIT N° 30-70942296-7) por la suma total de Pesos

Novecientos Noventa Millones Ciento Sesenta y Seis Mil Setecientos Veintidós con

21/100 ($990.166.722,21);

Que, en fecha 19 de Septiembre de 2023 se suscribió la Contrata por un plazo de

doscientos cuarenta (240) días corridos y, en fecha 11 de octubre del 2023 se firmó el

Acta de Inicio de Obra, finalizando la misma el 7 de Junio de 2024;

Que mediante Resoluciones N° 9122/GCABA/MHFGC/23 (25,11%), N°

9611/GCABA/MHFGC/23 (8,89%), N° 903/GCABA/MHFGC/24 (8,58%), N°

2097/GCABA/MHFGC/24 (42,29%), N° 2953/GCABA/MHFGC/24 (12,45%), N°

3709/GCABA/MHFGC/24 (6,65%) y N° 4592/GCABA/MHFGC/24 (6,25%) tramitaron

las 1°, 2°, 3°, 4°, 5°, 6° y 7° Redeterminaciones provisorias de precios del presente

proceso;

Que, mediante Orden de Servicio N° 188 de fecha 23 del mes de mayo del 2024, se

dejó constancia de la necesidad de prorrogar el plazo contractual por el término de

ciento veinte (120) días corridos a partir de su fecha de vencimiento y ampliar el

proceso, por las razones expuestas en el informe N° IF-2024-22993511-GCABA-

UPEBM, por la suma de Pesos Trescientos Noventa y Seis Millones Sesenta y Seis

Mil Seiscientos Ochenta y Ocho con 88/100 ($396.066.688,88) a valores básicos, lo

que representa una variación contractual de CUARENTA POR CIENTO (40%) sobre el

monto original, al amparo de lo establecido en la Ley de Obras Públicas de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires N° 6.246 y su Decreto Reglamentario N° 60/GCABA/2021;

Que, mediante Nota de Pedido N° 46 de fecha 27 del mes de mayo del 2024, la

empresa Blue Steel S.A. ha prestado conformidad a la ampliación contractual

requerida y a la prórroga del plazo contractual. Asimismo, acompañó planilla de

cotización respecto de las cantidades solicitadas, nuevo plan de trabajos y curva de

inversión;

Que, la Inspección de obra informe mediante IF-2024-22993511-GCABA-UPEBM,

que: "La solicitud se motiva en múltiples imprevistos sucedidos en los proyectos que

se estaban ejecutando en las parcelas identificadas como FE-0005-046, FE-0005-018

y FE-0005-019. (...) Asimismo, en el marco de las facultades establecidas en el

Artículo 60 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares se procedieron a ejecutar

trabajos fuera de los límites de las zonas que fueron adjudicadas oportunamente,

siendo estas las obras ubicadas en YP-0022-035-B04,PO-0004-001, YP-025B-018 y

en CO-014A-010.";

Que, el mencionado artículo dispone: "Por motivos de interés público o necesidades

operativas el GCABA podrá disponer que las tareas que son motivo de este contrato

sean realizadas por el contratista en lugares que no correspondan al sector original,

sin que esto implique reclamo adicional alguno. Asimismo DGMV, podrá exigir al

Contratista la ejecución de los trabajos fuera de los límites de la/s zona/s que le

fuera/n adjudicada/s y que a su criterio, por razones de necesidad y urgencia, sea

necesaria su intervención, aplicándose en todos los casos la documentación que rige

para su zona.";

Que, la convalidación de la presente ampliación y el nuevo Plan de Trabajo debe

contemplar lo establecido en el artículo N° 12 del Anexo de la Resolución N° 601-

MHGC-14, estableciendo la aplicación directa y simultánea de las Redeterminaciones

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

"2024 - Año del 30° Aniversario de la Autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"

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Provisorias N° 1 (25,11% septiembre 2023), N° 2 (8,89% octubre 2023), N° 3 (8,58%

noviembre 2023), N° 4 (42,29% diciembre 2023), N° 5 (12,45% enero 2024), N° 6

(6,65% febrero 2024) y N° 7 (6,25% marzo 2024), ascendiendo el monto total a

PESOS MIL SESENTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL

NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES CON 40/100 ($1.062.237.953,40);

Que, la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención

que le corresponde atento las atribuciones conferidas por la Ley N° 1.218 (texto

consolidado por Ley N° 6.588) mediante IF-2024-24380477-GCABA-DGDIC;

Por ello y en uso de las facultades otorgadas por la Ley de Obras Públicas N° 6.246,

su Decreto Reglamentario N° 60/GCABA/21 y modificatorio;

EL TITULAR

DE LA UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES BARRIO MUGICA

RESUELVE:

Artículo 1°.- Convalidar las Demasías de la Licitación Pública Abreviada N° 10209-

0023-LPU23, para la ejecución de la obra "EJECUCIÓN, REHABILITACIÓN,

MANTENIMIENTO E INTERVENCIÓN PUNTUAL EN VIVIENDAS DEL BARRIO 31,

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES en Manzana 5, Sector Ferroviario", que

ascienden a la suma de Pesos Trescientos Noventa y Seis Millones Sesenta y Seis Mil

Seiscientos Ochenta y Ocho con 88/100 ($396.066.688,88) a valores básicos, lo que

representa una variación contractual de CUARENTA POR CIENTO (40%) sobre el

monto original adjudicado, al amparo de lo establecido en la Ley de Obras Públicas N°

6.246, su Decreto Reglamentario N° 60/GCABA/21 y modificatorio.

Artículo 2°.- Aprobar, de conformidad a lo establecido en el artículo 12° del Anexo de

la Resolución N° 601/MHGC/2014, la aplicación directa y simultánea a las demasías

las Redeterminaciones Provisorias N° 1 (25,11% septiembre 2023), N° 2 (8,89%

octubre 2023), N° 3 (8,58% noviembre 2023), N° 4 (42,29% diciembre 2023), N° 5

(12,45% enero 2024), N° 6 (6,65% febrero 2024) y N° 7 (6,25% marzo 2024)

aprobadas mediante Resoluciones N° RS-2023-44964142-GCABA-MHFGC, RS-2023-

47349277-GCABA-MHFGC, RS-2024-06061767-GCABA-MHFGC, RS-2024-

09016487-GCABA-MHFGC, RS-2024-11908890-GCABA-MHFGC, RS-2024-

15315324-GCABA-MHFGC y RS-2024-19763212-GCABA-MHFGC que representa un

incremento de PESOS SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS MILLONES CIENTO

SETENTA Y UN MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 52/100

($666.171.264,52).

Artículo 3°.- Convalidar la prórroga de plazo contractual N° 1 de CIENTO VEINTE

(120) días corridos, estableciéndose como nueva fecha de finalización el día 05 de

octubre de 2024.

Artículo 4°.- Convalidar el Plan de Trabajos y la Curva de Inversión que, como Anexo I

forman parte de la presente (IF-2024-22984935-GCABA-UPEBM).

Artículo 5°.- Intimar a la Empresa Contratista para que en el plazo de DIEZ (10) días

de notificada la presente Resolución, proceda a completar los seguros y garantías que

correspondan de acuerdo a la ampliación del monto contractual.

Artículo 6°.- Publícar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en

el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires

(www.buenosaires.gob.ar), y notificar a BLUE STEEL S.A. (CUIT N° 30-70942296-7).

Remitir al área administrativa de esta Unidad de Proyectos Especiales Barrio Mugica

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

"2024 - Año del 30° Aniversario de la Autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"

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para la prosecución del trámite. Barberis